En agosto del año 2015, a iniciativa del Instituto Uruguayo de Normas Técnicas – UNIT y en su seno, mediante invitación se comenzó a trabajar junto a cantidad de actores representantes e interesados en el Calzado de Seguridad (usuarios, fabricantes y representantes de ventas a nivel nacional), en la revisión de la normativa existente que data del año 2000.
Es así que, se comienzan a analizar dentro de varias, las normas ISO, ya que en Brasil, Argentina, así como en Europa son las normas adoptadas o que se han tenido como referencia para la confección de éste tipo de calzado, y que sería una buena manera de comenzar a actualizar las existentes y válidas a nivel nacional, como son las normas UNIT.
Dicho trabajo obviamente surgió, ante la creciente variedad de productos y tecnologías aplicadas que se han aplicado en la fabricación de éstos equipos, y al no poderse respaldar y refrendar constantemente en plaza el cumplimiento de los requisitos básicos que aseguren al trabajador; al usuario del equipo que definitivamente lo protegerá de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, es que se tomarán las últimas tendencias, parámetros y estudios realizados en laboratorios internacionales reconocidos y aprobados como norma para nuestro país.
En términos generales, todos coincidían en que la norma uruguaya estaba desactualizada. A modo de ejemplo, se exige que todo el interior del calzado sea de cuero, no admitiendolos materiales textiles. A su vez, exige que el contrafuerte sea de cuero suela como los zapatos de vestir, lo cual junto al forro interior y la plantilla de armado en cuero, etc. ninguno de esos materiales hace a al zapato más seguro; excepto más caro y pesado.
Es así que, prácticamente cada quince días se viene reuniendo dicho comité, analizando cada una de las normas y confeccionando las modificaciones pertinentes a las nuestras como: las de Generalidades del Calzado de Seguridad UNIT 723-91, la 724 referente a las Punteras de seguridad, especificaciones y ensayos; la 726 relativa a Resistencia al impacto de la puntera; la 727 – Resistencia al doblado y plegado, junto a las especificaciones y ensayos requeridos realizar; Resistencia a la perforación; Estanqueidad; Resistencia de la suela a la abrasión; Resistencia a la corrosión de los elementos de protección metálicos, con protección metatarsal; Calzado conductivo; Aislante contra riesgo eléctrico; Resistencia al deslizamiento; Plantillas, etc. En tal sentido, en próximas entregas iremos desarrollando cada una de las normas, comparando las mismas, viendo sus pros y contras, así como va también dilucidándose la futura normativa propia que seguramente se adoptará. Solo pedimos a nuestros lectores, que sus aportes, comentarios serán bienvenidos; los cuales analizaremos e incluiremos en nuestras participaciones a efectos de lograr la mejor adaptada, factible y aceptable norma para nuestros calzados de seguridad.